Pilar de Miguel / SEGOVIA
Ha concluido la Campaña de Control de Consumo de Alcohol y Drogas realizada por la Dirección General de Trafico. En Segovia, ha dado como resultado 12 denuncias de los 2.143 controles realizados por la Guardia Civil entre el 9 y el 15 de diciembre.
La Subdelegada del Gobierno, Pilar Sanz, ha insistido en que “Tanto el consumo de alcohol como de drogas produce alteraciones orgánicas y psicológicas que entrañan un grave riesgo durante la conducción”
Entre enero y noviembre de este año, la Guardia Civil ha realizado en Segovia diversos controles de alcoholemia con estos resultados: Por Accidentes de tráfico, 34 positivos y 904 negativos, por infracción de tráfico 83 positivos y 10. 579 negativos, preventivos 551 positivos y 62.314 negativos, en total, 668 positivos y 73.797 negativos o lo que es lo mismo, en porcentajes, 0,90% negativos y 99,10% positivos. El número total de pruebas, realizadas en nuestra provincia alcanzó la cifra de 74.475.
Lo que dice la normativa
El artículo 65 de la Ley tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas y , la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. Así mismo, también se considera infracción muy grave incumplir la obligación de someterse a pruebas de detección de posibles intoxicaciones de estas sustancias. Para estas infracciones muy graves, la Ley prevé una sanción de 500 euros.
Permiso por puntos
Su pérdida llega a través de las siguientes infracciones:
-Tasa de mas de 0,59 mg/l de aire espirado, para conductores en general o mas de 0,30 md/l para conductores profesionales o conductores con permiso de conducir con menos de dos años de antigüedad. Se restarán 6 puntos.
-Tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y conductores con menos de dos años de experiencia, 0,15 hasta 0,30 mg/l) Se restarán 4 puntos.
-También se sanciona con 6 puntos la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia.
Código Penal
El Código Penal tipifica en varios artículos los delitos contra la seguridad colectiva y los delitos contra la seguridad en el tráfico como el artículo 379 que indica que el castigo por conducir bajo los efectos de alcohol y drogas o estupefacientes será de 3 a 6 meses de prisión o la multa de 6 a 12 meses y trabajos comunitarios de 31 a 90 días y, en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno a cuatro años. Estas sanciones están previstas para quienes conducen con tasas superiores a 0,60 mg/l en aire expirado o 1,2 gramos de alcohol en sangre.
Por su parte, el artículo 383 indica que los conductores que no permitan que se les realice la prueba de alcoholemia será castigado con penas de prisión de 6 meses a 1 año y la privación del derecho a conducir de 1 a cuatro años
Tasas Máximas de Alcohol Permitidas
Para los conductores en general 0,5 gr/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado. Para los conductores profesionales 0,3 gr/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado y, para los noveles 0,3 gr/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado.
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