Marta de Pablos / SEGOVIA
La administración ha comenzado a enviar a agencias, oficinas de turismo y otras empresas que organizan visitas guiadas en Segovia una carta informativa sobre la regulación normativa en materia de turismo que afecta a este colectivo.
La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia ha comenzado una campaña con el fin de evitar el impacto negativo que provoca el intrusismo en la profesión de guía de turismo, así como en la calidad de este sector en Segovia.
Como primera medida, ha comenzado a remitir una carta informativa a agencias, oficinas de turismo y otras empresas que organizan visitas guiadas en la ciudad. En este escrito, se les recuerda la regulación normativa en materia de turismo sobre la profesión de guía de turismo y la organización de actividades que requiera de la asistencia propia de la profesión de guías de turismo.
Además, también se les anticipa la próxima campaña de inspección, destinada a la vigilancia y comprobación del cumplimento de la normativa turística en el ejercicio de la profesión de guía de turismo. Esta segunda medida se iniciará a mediados de septiembre, cuando técnicos del Servicio Territorial de Cultura recorrerán las zonas de paso de grupos turísticos, en lugares apropiados, sin causar molestias a los turistas ni interrumpir el normal desarrollo de las explicaciones. Irán acompañados por un agente de la Policía Local para no tener problemas en la identificación personal de quien esté ejerciendo de guía, habilitado o no.
La campaña informativa y de inspección, liderada por la Delegación Territorial, cuenta con la colaboración de la Asociación de Guías de Turismo de Segovia y el Ayuntamiento de Segovia.
En cuanto a las sanciones. El ejercicio de la profesión de guía de turismo sin cumplir las condiciones exigidas para el acceso y ejercicio es considerada actividad clandestina, que constituye una infracción muy grave a la Ley de Turismo y puede ser sancionada con una multa de 9.001 a 90.000 euros.
En la norma también se establece que las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que organicen actividades de información o asistencia propias de la profesión de guía de turismo, deberán llevarlas a cabo mediante personal que cumpla las condiciones exigidas para el acceso y ejercicio de dicha actividad profesional.
En este sentido, organizar las actividades de información o asistencia propias de la profesión de guía de turismo mediante personal que no haya obtenido la habilitación en los términos que contempla la norma son hechos constitutivos de infracción grave a la Ley de Turismo, pudiendo ser sancionados con una multa de 900 a 9.000 euros.