Marta de Pablos / SEGOVIA
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al servicio de Sanidad de la Comunidad castellanoleonesa (Sacyl) a pagar 11.000 euros tras la muerte de una paciente de 83 años. Ésta fue trasladada en ambulancia convencional desde un hospital de Valladolid a otro de Segovia, cuando se produjo su fallecimiento.
El suceso ocurrió en 2009, después de que la paciente fuera ingresada en el Hospital de Segovia al Clínico Universitario de Valladolid para recibir tratamiento con la implantación de dos «stents», según indica la sentencia facilitada por el Defensor del Paciente.
Tras el cateterismo, la mujer permaneció en observación y a los 55 minutos de su práctica fue enviada de vuelta a Segovia, traslado efectuado en ambulancia convencional durante la que sufrió una parada cardiorrespiratoria y falleció a las 13.15 horas en el centro de Salud de Portillo (Valladolid), sin que después se practicase autopsia.
Después de la presentación de una reclamación por responsabilidad patrimonial por parte de los hijos de la fallecida, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL ha considerado la existencia de negligencia médica en cuanto que el transporte en ambulancia debió de tener en cuenta la complejidad de la situación de la enferma utilizando una ambulancia con médico.
Asimismo recoge que vista la edad de la paciente y su grave patología, si bien se ha apreciado una negligencia médica en el transporte utilizado de la enferma, la perdida de oportunidad de la misma de haberse evitado su fallecimiento, de haberse utilizado una ambulancia medicalizada en vez de la convencional es realmente escasa. Y no habiéndose realizado la autopsia se desconoce la causa de su fallecimiento, declara que procede “reconocer” la indemnización de 11.000 euros a los tres hijos de la mujer que murió.